LA CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD Y LA LEGISLACIÓN ESPAÑOLA

BEJEQUE. Aeonium ciliatum, endemismo de la isla de la Palma. Cecilio Pérez, 2006

Hace un par de meses, el gobierno de la nación ha remitido un nuevo proyecto de ley al Parlamento para su tramitación con el objetivo de mejorar la protección medioambiental. Probablemente, iniciará su andadura en el Congreso de los Diputados en el próximo otoño. Es, pues, un buen momento para hacer una contribución y reflexión sobre sus motivos e implicaciones.
La futura Ley del Patrimonio Natural y Biodiversidad nace con una voluntad bienintencionada de incrementar la protección de los ecosistemas naturales que aun se conservan en nuestro país. Sin embargo, el problema de la desaparición acelerada de especies y la transformación territorial sigue su curso inexorable como bien ha venido a ejemplificar la terrible ola de incendios padecida este mes en Canarias.
El futuro texto legal, en su redacción actual, parte del reconocimiento de la importancia biológica de España dentro de la Unión Europea, al ser el país con mayor diversidad de flora y fauna, tal como señala un artículo publicado al respecto por la revista
Carta Local de la Federación Española de Municipios y Provincias. La riqueza biótica española es extraordinaria y, dentro de ella, el archipiélago de Canarias representa un espacio privilegiado que alberga una parte muy importante de la misma, debido a la gran diversidad de habitats que las islas mantienen hoy en día en un relativo aislamiento.
Nuestro territorio cuenta con una amplía variedad de especies botánicas, con la presencia de plantas muy diversas como hongos, líquenes y musgos y también, una amplía representación de plantas vasculares, flores y helechos. La fauna tiene una gran importancia, como tantas veces han expresado insignes biólogos locales; las especies animales endémicas de Canarias constituyen casi la mitad de las que existen todavía en nuestro país. El hecho en sí, es que el territorio con características naturales existente en las islas ya se encuentra fuertemente protegido a partir de una visión administrativa de la cuestión. El cuerpo legislativo en materia de medio ambiente es bastante extenso y prolijo y ha dado lugar a que desde hace más de dos décadas más del 50% de la superficie del archipiélago cuenta con una designación como espacio natural. En estos espacios se han llevado a cabo mayoritariamente planes de uso y gestión correspondientes, tal y como ha expresado recientemente el órgano responsable, la Consejería de Ordenación Territorial y Medio Ambiente.
Siendo estos valores nacionales importantes, el planteamiento legal que se ha presentado a trámite parlamentario, adolece de importantes defectos, reflejados en el llamado por la Ley, principio de precaución. En primer lugar, la ley pretende situar los valores naturales por encima de cualquier otra consideración. Ello significaría la prevalencia de los objetivos de la protección medioambiental sobre la ordenación territorial y urbanística cuando debería ser la planificación territorial la que abordara desde una perspectiva holística más amplía una adecuada preservación del conjunto de valores históricos conservados, incluyendo los naturales.
Otra argumentación que se suele aducir para incrementar la burocratización legal de la relación con los entornos naturales es la transposición nacional de normas europeas y recomendaciones internacionales, Estos referentes parten de objetivos loables como lo expresado en el plan de acción de la
Cumbre Mundial de Desarrollo Sostenible de Johannesburgo de 2002, asumido por la Unión Europea, que propone lograr para el año 2010 una reducción significativa de del ritmo actual de perdida de diversidad biológica como contribución a la mitigación de la pobreza y en beneficio de todas las formas de vida sobre la tierra. Algo con lo que cualquiera estaría de acuerdo pero que no es realista en relación a la capacidad de las fuerzas de transformación en curso, derivadas del incremento acelerado de la población mundial, factor esencial de la degradación medioambiental global.
En virtud de la futura Ley se propone el mantenimiento del conjunto de espacios ya catalogados como de valor ambiental dentro de la red Natura 2000 y, al mismo tiempo, el incremento de la participación de los ciudadanos en los procesos de toma de decisiones. Premisas muy loables sobre el papel pero que esconden una realidad administrativa muy distinta en que las decisiones se realizan en la práctica de espaldas a la población. Lo cierto es que la delimitación actual de los espacios naturales designados en Canarias, adolecen de múltiples errores y han sido instrumentalizados sin tener en cuenta las razones y el conocimiento aportado por la opinión pública más allá de las consideraciones excluyentes de grupos selectos de funcionarios.
Los Lugares de Importancia Comunitaria, las Zonas Especiales de Conservación y las Zonas de Especial Protección para las Aves, junto con el conjunto de los recintos de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias presentan multitud de problemas que deberían llevar a su reconsideración. La utilización de cartografía inapropiada, de escalas excesivas y sin nivel de detalle, ha originado errores que deberían corregirse racionalmente., Delimitaciones que incluyen zonas urbanas consolidadas, espacios claramente antropizados y recintos agrarios en explotación indicarían la necesidad de su corrección a través de una participación pública efectiva y más allá de las opiniones de los supuestos expertos con responsabilidad.
La ley, en su redacción actual, contribuiría en una posible extensión del error en el tratamiento de los entornos naturales al considerar que la protección de los espacios naturales designados podrá ampliarse sin límite definiendo zonas periféricas con vinculación administrativa destinadas a evitar supuestos impactos paisajísticos y extendiendo con ello el proceso burocratizador a amplias superficies del territorio más allá de los espacios naturales realmente existentes.
Esta Ley es una expresión de las actitudes amparadas por exposiciones pseudo disciplinares sobre la conservación de la naturaleza que presentan una cortedad de miras evidente. Como consecuencia, las percepciones populares sobre la cuestión han ido adquiriendo unos matices excesivamente simplistas y de fe ciega, rayanos en una especie de religiosidad sustitutoria que está impidiendo comprender el alcance de los problemas que hay que afrontar realmente.
El fanatismo sobre la defensa de lo natural impide comprender que hoy en día la práctica totalidad del planeta ha sido colonizada por la humanidad de una manera o de otra. Los espacios naturales son una reliquia del pasado, hipervalorada desde posiciones románticas y que no contemplan que nuestro entorno ha ido convirtiéndose paulatinamente en una especie de neoecosistema reestructurado por la especie humana. Es este hábitat histórico, espacio construido en la transformación de los elementos naturales preexistentes, el que habría que proteger globalmente, incluyendo a los elementos naturales que se conservan.
La sostenibilidad no puede concebirse solo a partir de la conservación exclusiva de lo natural en sí mismo. Por el contrario, debe de plantearse desde la identificación del conjunto que forma el patrimonio territorial heredado, el reconocimiento de las prácticas saludables de relación del hombre con el medio y su protección para la viabilidad futura de la especie frente a los avatares que puedan sobrevenir.
El actual modelo suburbano de crecimiento metropolitano, exportado desde los Estados Unidos y basado en la disponibilidad abundante y barata de combustibles y energía, ha llevado a la concepción de que el incesante movimiento de personas, y la redistribución infinita de mercancías y capitales es una opción viable indefinidamente.
Lo cierto es que, probablemente, se esté en ciernes de afrontar una nueva era en la que los combustibles fósiles serán cada vez más escasos y, por tanto, los fundamentos de este modelo de desarrollo van a quedar fuertemente cuestionados. Con ello, probablemente, habrá que volver a aprovechar los recursos locales, tanto agrícolas como artesanales y, por tanto, habría que ir empezando a considerar en serio la preservación del conjunto de elementos que forman el patrimonio territorial de los lugares como garantía de pervivencia hacia el futuro.
De acuerdo a la argumentación anterior, habría que establecer medidas realmente proactivas en la defensa del territorio, superadora de las estrechas visiones actuales sobre lo ambiental. No basta con la implantación de nuevas leyes que enmascaran la ineficacia de las instituciones y salvaguardan temporalmente la consciencia de nuestros dirigentes. La lucha contra la burocratización de nuestro entorno es una tarea inaplazable y debe incluir un reconocimiento de los valores heredados existentes en el patrimonio territorial en su conjunto, más allá de los exclusivos aspectos naturales.
La conservación del capital construido en el territorio, agrario, en las prácticas agrícolas y de cultivo, en el aprovechamiento y distribución del agua, en las prácticas artesanales tradicionales, etc. son parte de la principal cuestión olvidada, el patrimonio territorial, respecto a la que se ventila realmente el futuro de cada lugar.

2 comments to LA CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD Y LA LEGISLACIÓN ESPAÑOLA

  • M. Reyna

    “…debería ser la planificación territorial la que abordara desde una perspectiva holística más amplía una adecuada preservación del conjunto de valores históricos conservados, incluyendo los naturales…”
    Totalmente de acuerdo,pero sería de agradecer que los redactores de planeamiento adoptaran una perspectiva realmente holística y dejaran de entender que incluir criterios ambientales en la planificación equivale a dejar ámbitos más o menos inservibles para usos más productivos como refugio de los pajaritos y las flores.
    Hace ya quince años, trabajé para la Comunidad de Madrid haciendo informes ambientales al planeamiento. Encontramos que los redactores planteaban poligonos industriales vertiendo alegremente a colectores saturados o a depuradoras con sistemas de tratamiento inadecuados. No es que lo hicieran aposta, es que ni se molestaban en informarse sobre esos extremos. Cuando empezamos a informar esos aspectos, la gente de urbanismo se quejó porque informábamos sobre” aspectos no ambientales”. También se quejaron cuando criticábamos que clasificasen más suelo urbanizable del que requerían sus propias hipótesis de crecimiento o que revisáramos estas a la baja. La ocupación innecesaria de suelo tampoco era un problema ambiental. Me temo que se sigue bastante como hace quince años.

  • De parte de Carlo Moricci

    Hola desde Sicilia, desde un rincón de paraíso que es una costa muy verde
    con 20 km de playa de arena blanca y comida que “nitecuento”.

    Leí tu escrito y estoy muy de acuerdo. El resumen en “cristiano” es que la
    propuesta de ley es una cagada ecofascista y que más vale que se preocupen
    de cuidar lo que hay antes que seguir elucubrando textos populistas. Lo que
    hacen se llama “legislación ornamental” o “diarrea legislativa”. Es como
    volver a prohibir las drogas ya prohibidas o proteger el Teide que ya está
    protegido. Mientras “ellos” hablan y escriben cosas, y cortan rabo de gato
    que vuelve a salir, las especies invasoras todavía controlables, como Acacia
    saligna se extienden sin límite por el territorio, las nuevas plagas como el
    mosquito-tigre se preparan para dar el salto al archipiélago y los magufos
    siguen fabricando charleses de mil plantas.

    El Aeonium es un Aeonium, pero:
    Aeonium ciliatum ahora es endémco de Tenerife. El de la palma se llamaba
    Aeonium ciliatum var. palmensis que ahora es sinónimo de Aeonium
    davidbramwellii, así si quieres ser preciso deberías de poner Aeonium
    davidbramwellii.

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